Sobre el Juzgado Especial de Prensa y la represión franquista

3 septiembre, 2019 at 8:30 am

Ángel Viñas

¿FELIZ, EN TODO LO POSIBLE, NUEVO CURSO! PARA TODOS LOS AMABLES LECTORES. SERÁ INTERESANTE EN LO POLÍTICO, ECONÓMICO Y SOCIAL, CON CONSECUENCIAS QUE NO ME ATREVO A CALIFICAR. SOY DE QUIENES CREEN QUE, COMO AFIRMABA UN PRIMER MINISTRO JAPONÉS, YASUHIRO NAKASONE, EN LO QUE SE REFIERE A POLÍTICA AVANZARSE UN MERO CENTÍMETRO ES YA PENETRAR EN TERRITORIO DESCONOCIDO.

 

Poco después de cerrar este blog de cara al mes de agosto, y poco antes de salir pitando de nuevo de cortas vacaciones, la prensa anunció (El PAÍS, 31 de julio de 2019) que la Universidad de Alicante había, por fin, llegado a la conclusión de que la restricción temporal de la mención en los metadatos del nombre del secretario del consejo de guerra que condenó a muerte a Miguel Hernández, el alférez Antonio Luis Baena Tocón, debía revocarse. En consecuencia, la solicitud del hijo fue desestimada. Como se recordará, el caso había levantado en armas a numerosos historiadores, incluído servidor. El catedrático de dicha Universidad de Literatura Española Juan Antonio Ríos Carratalá, que lo había identificado en dos textos, se vio reivindicado y su honor de investigador puesto a salvo.

 

Lo que la prensa no destacó -tampoco era su papel- es que, a pesar de la explicable piedad filial del Señor Baena jr., al secretario judicial le corresponde un papel histórico por muchas otras actividades en la postguerra. Fue tan sintomático como el de haber participado en aquel consejo de guerra. Ese papel histórico el el que el profesor Ríos Carratalá había puesto de relieve abundantemente en un libro (Nos vemos en Chicote. Imágenes del cinismo y el silencio en la cultura franquista, Renacimiento, Los Cuatro Vientos, Sevilla, 2015). Agradezco al autor que me lo hiciera llegar. Lo he devorado durante las vacaciones.

El libro en cuestión es un estudio cuyo objeto principal lo constituye la represión realizada por el denominado Juzgado Especial de Prensa (JEP), uno de los múltiples órganos punitivos en que se materializaron los esfuerzos de los vencedores por salvar a España de los supuestos desastres ocasionados por el vencido “rojerío”. En la secuela, todo hay que decir, de aquellos textos tan salvíficos como los sucesivos Bandos de Guerra iniciales y, al final, en la Ley para la Represión de la Masonería y el Comunismo, entre otras cínicas disposiciones.

El JEP volcó su atención en las actividades de periodistas que hubiesen sido favorables a la República, al Frente Popular y/o que defendieron la causa derrotada. Lo hizo desde el punto de vista de que los vencidos no solo habían conculcado -anticipadamente- la “legislación” de los vencedores sino que además se habían hecho reos de “delitos” perseguibles por su propia naturaleza. A su frente se situó un juez acomodaticio y cuya trayectoria -que yo sepa- no había aflorado demasiado en la literatura sobre la represión franquista: Manuel Martínez Gargallo.  El fiscal del JEP se llamaba Juan Pérez de la Ossa y Rodríguez. El juzgado contaba, lógicamente, con un secretario: era, precisamente, Don Antonio Luis de la Santísima Trinidad Baena Tocón, antiguo quintacolumnista y alférez recién nombrado en circunstancias poco iluminadas. Su tarea estribó en ejercer “la instrucción de los sumarios” desde el 17 de abril de 1939 hasta el 3 de septiembre de 1941. En las pp. 150 a 156 de la obra figura un breve resumen biográfico con mención de sus actividades, siempre a las órdenes del juez Martínez Gargallo, tratando de buscar pruebas de los “delitos” cometidos por los periodistas sometidos a juicio, que “agravaba con resúmenes o comentarios cuyas consecuencias podían ser una condena a muerte”.

La represión de los periodistas republicanos ha sido objeto de varios trabajos. A tenor de los datos aportados por Almudena Sánchez Camacho y Mirta Núñez Díaz-Balart, y precisados o cualificados por Ríos Carratalá, once fueron fusilados o ejecutados (Julián Zugazagoitia, Francisco Cruz Salido, Manuel Navarro Ballesteros, Javier Bueno, Augusto Vivero, Luis Díaz Carreño, Federico Sánchez Monreal,  Fernando Mora, etc.), veintidós condenados a muerte (entre ellos Eduardo de Guzmán, Ángel María de Lera -su novela Las últimas banderas todavía la conservo-, Eduardo Haro, Federico de la Morena, etc.) y a quienes se les conmutó poner la espalda contra el paredón por penas de treinta años de cárcel (en 20 casos), o de veinte años (en 12) más otros represaliados con sentencias que oscilaban entre los doce y los treinta años de reclusión mayor.

Un aspecto que se destaca una y otra vez en el libro de Ríos Carratalá es el revoloteo del “ángel de los milagros” sobre la documentación generada por el JEP y la relacionada con las hojas de servicio de muchos de los militares o personajes y personajillos “militarizados” que intervinieron en las causas, en los procesos y en los consejos de guerra. Es algo conocido por los investigadores que han hurgado en los archivos en que se ha depositado (cuando se ha depositado) documentación de los condenados y de los perpetradores. Hay casos absolutamente flagrantes, en particular entre aquellos prohombres de la “Justicia” franquista que llegaron a alcanzar los más altos honores de la nueva Patria.

Si el profesor Ríos Carratalá ha logrado avanzar en la reconstrucción de ciertos aspectos, nada agradables, de la actuación del JEP y de su titular, Martínez Gargallo, ha sido por haber dispuesto del archivo familiar de uno de los procesados, Diego San José, al que se dedica todo un capítulo (“El expediente judicial de un periodista”, pp. 183-223). El autor contrasta este caso (en el que el acusado pudo salvar la vida) con la actuación de otros “compañeros”  hiperfranquistas, también periodistas cuyos artículos se leían en la prensa de los años cuarenta e incluso de los cincuenta. Deben figurar en todo fresco de la ignominia los nombres, por ejemplo, de Francisco Casares, Juan Pujol, Víctor de la Serna, Víctor Ruiz Albéniz, César González-Ruano, etc. etc. A las nuevas generaciones no les dirán nada. Servidor todavía  recuerda algunos de sus artículos.

Dos aspectos me gustaría resaltar. El primero es que el profesor Ríos Carratalá ha inscrito su análisis de la actuación del JEP en el marco del engranaje de las instituciones represivas dirigidas, manipuladas y cohesionadas por militares, con agentes civiles -luego militarizados- trabajando con la suavidad de un mecanismo bien engrasado, atentos a sus carreras profesionales, entregados al cumplimiento de las disposiciones de los dioses (iba a decir nazis, pero sustituiré este adjetivo por el de franquistas). En este sentido, el trabajo que comento me parece absolutamente fundamental para profundizar en el mundillo institucional, mental y anímico de los perpetradores, aunque solo fuesen de pluma. De los pelotones de ejecución ya se encargarían otros.

El segundo aspecto se refiere a las fuentes. De no haber podido consultar el archivo privado de Diego de San José no hubiera sido posible al autor de esta monografía ejemplificar el funcionamiento de la maquinaria represiva, cuya letalidad, falta de escrúpulos, desprecio del Derecho y sumisión a las órdenes del mando sirven para clarificar tanto el caso franquista como -aunque fue en más- el caso nazi y la perversión paralela de la “Justicia”. No en vano los vencedores la habían tomado como ejemplo nada despreciable y se habían asesorado con instructores sobradamente capacitados. Es una pena que poco de este “asesoramiento” por la Gestapo, las SS, los fiscales nazis, etc. se haya plasmado en papeles que hoy se encuentren en los archivos españoles.

Esto me lleva a subrayar lo que ya he escrito en más de una ocasión: la disponibilidad o no disponibilidad de archivos privados. Para mi último libro he echado de menos la documentación que hubieran podido conservar prohombres como Calvo Sotelo, Goicoechea, Mola o Franco y que, hasta ahora, no ha aparecido.

Sin citar nombres (por respeto a mis fuentes) terminaré con una anécdota. Hace unos meses me contó un colega que trató de reconstruir la actuación en la guerra civil de un distinguido militar (no daré ni su graduación). Localizó por fin a su hijo, también militar, y naturalmente le preguntó por ella. Se quedó paralizado de estupor al oirle decir que la había quemado en 1982, cuando el PSOE llegó al gobierno por primera vez desde la guerra civil. Pensaría, probablemente, que o bien se le decomisaría, o que se le detendría o que le vejarían de la forma que el mejor arbitrio de los amables lectores podrá suponer. El hecho es que se volatilizó una documentación preciosa no para condenar expost al militar en cuestión sino para ubicar su papel en el contexto histórico en que actuó y desgajar así otra veta del magma ignoto que constituye el pasado.

En el caso del JEP, y a pesar de todas las lagunas, el libro del profesor Ríos Carratalá ha extraído una de esas vetas y con ella los papeles del responsable, del fiscal y del secretario de la acción represiva. Quizá el hijo de  este último pueda contribuir a perfilarla mejor. Por el momento, la editorial Renacimiento ya está preparando una segunda edición de la monografía en cuestión.